Enel caso de adquirir los inmuebles a través de una sociedad, los rendimientos serán gravados al 25% en el Impuesto sobre Sociedades, en lugar de al tipo progresivo del IRPF que, como hemos comentado, podrÃa superar el 45%, y ello tanto en lo que se refiere a las rentas por los alquileres, como en lo que se refiere a una posible ganancia
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